Ministro Calixto Chipana Legaliza la Terciarización del Trabajo

1.- El capitalismo, la forma de producción predominante en nuestra economía, impuso en el lapso de estos últimos decenios formas de mayor control del proceso productivo, un mayor control del capital sobre el trabajo, del patrón sobre sus obreros.
2.- Al lado de este proceso la empresa privada (y ahora incluso la que es estatal), ha impulsado la terciarización como una forma de disminuir sus costos. Estos proceso de terciarización consiste esencialmente en pasar a terceros (otras empresas, o microempresas incluso individuos) funciones que son propias de la empresa pero que no necesariamente están ligados a su actividad central, tales como: la limpieza, comedores, la vigilancia, el transporte, los servicios médicos y jurídicos, el procesamiento de datos, la distribución de productos, el mantenimiento, las comunicaciones etc. Este proceso en nuestro país ha venido junto a las imposiciones de los distintos gobiernos neoliberales y se profundiza en este periodo ‘posneoliberal’.
3.- La Terciarización no puede ser explicado por el proceso de aplicación de la nuevas formas de gerencia de calidad, “de especialización flexible”, esencialmente consisten en una estrategia de reducción de costos, que repercute en la perdida de conquistas sociales y laborales, para los trabajadores terciarizados y de manera indirecta afecta también a los trabajadores de planta. Este hecho ha dado como nacimiento a empresas especializadas que cubren algunos ítems, como las empresas de limpieza, de currier’s, o en su forma mas retrogrado, a formas de contratación mediadas por empresas de empleo (el enganche) etc.
4.- Este proceso ha ido incluso profundizándose, a funciones que de manera directa son propias de las actividades centrales de las fábricas. El caso último mas emblemático, en este último tiempo, son los, estibadores, ASFADE (limpieza), la sección de derivados (cartoneria) de la fábrica de aceites FINO.
5.- Este proceso, impulsado en el periodo neoliberal, ha flexibilizado en los hechos las condiciones de trabajo, a contribuido a la caída del salario, ha generalizado el trabajo por tiempo parcial o solo por temporadas (este hecho es muy conocido por los obreros de mantenimiento que trabajan solo algunos días del mes); ha facilitado las facilidades de contratar y de despedir a los trabajadores de acuerdo con la producción: ha generalizado en muchos procesos productivos el trabajo a domicilio (familiar o en talleres). Para la patronal esta situación ha facilitado un mayor control sobre el trabajo, ya que es más fácil negociar con trabajadores de muchas empresas, fragmentadas.
6.- Bajo estos parámetros, el verdadero objetivo de la terciarización, no admitido por las distintas cámaras empresariales y sus gobiernos, son la de combatir las organizaciones sindicales y por tanto las conquistas sindicales y laborales, a nivel de cada fábrica, de cada fuente laboral, la de quebrar o desestructurar la identidad y unidad entre los obreros. Las dificultades en esas condiciones son mayores para las organizaciones sindicales en la negociación obrero-patronal, incluso esto repercute en la propia sustentación financiera de los sindicatos.
7.- Bajo estas condiciones, en cada centro de trabajo, existe dos tipos de obreros vinculados a una sola empresa: un núcleo estable de trabajadores mejor renumerados y otro núcleo de trabajadores eventuales y no estables, con menores ingresos y en peores condiciones de trabajo
8.- Este proceso de terciarización incluso se ha generalizado en la agroindustria boliviana, las grandes empresas productoras vienen delegando a pequeños campesinos la producción de sus materias primas (la cría de pollos, de chanchos, de leche, citricos , de soya, etc), a este proceso le han denominado la construcción “virtuosa” de “cadenas productivas” que “integran” a las grandes empresas agroindustriales con los productores rurales.
9.- La terciarizacion en el Estado, es una estrategia para favorecer a las empresas privadas, a través del dinero público sin control ni transparencia, como ha quedado constatado por las múltiples denuncias al respecto. El caso es más dramático ya que en las instituciones estatales incluso municipales, se ha generalizado el subcontrato; La Alcaldía Municipal de La Paz, tiene una planta de trabajadores cercano a los cinco mil funcionarios, de los cuales solo mil quinientos están cubiertos por las Leyes Laborales el resto son consultores, personal de apoyo, sin ningún tipo de derechos laborales; Otro ejemplo de esta situación es la recientemente nacionalizada Vias Bolivia, Administradora de Rodaje y Pesaje, que atiende ochenta puestos de cobró a nivel nacional, donde sus 600 funcionarios cobradores, tienen contratos como consultores, violentando toda la normativa laboral al respecto. El Estado ha aprendido a evadir las normas laborales que ellos están obligados por Ley, a hacer cumplir.
10.- El primero de mayo del 2009, el gobierno de Evo Morales, y bajo el auspicio del Ministro de Trabajo Calixto Chipana (el segundo obrero fabril en ocupar dicha repartición), emana un conjunto de medidas, cinco decretos supremos en total, presentados como medidas en benefició de la clase trabajadora. Incluso el POR, una organización de carácter sectario y “ultraradical”, califico en su oportunidad de medidas demagógicas, dado que “como tantas otras disposiciones legales dictadas en el pasado, los patrones y el Estado se darán modos para burlarlas” (Bolpress), dando sentado las mismas como progresivas, pero inútiles. La realidad es otra, bajo esta cobertura el gobierno impulsa y legaliza la terciarización del trabajo.
11.- La Ley General del Trabajo, de manera explicita prohíbe la existencia de la modalidad de subcontrato, la L.G.T. en su Art. 31º claramente establece que solo el Estado podrá actuar como intermediario entre patrones y trabajadores gratuitamente en la contratación de trabajadores, si observamos la norma, ésta está protegiendo el marco de las relaciones labores, no permitiendo por ningún motivo otras formas de contrataciones. El DS 107, legaliza la existencia de los mercaderes de la fuerza del trabajo, permitiendo la subcontratación, tercerización u otras formas fraudulentas que están al margen de la ley siempre y cuando se reconozcan los derechos laborales de los subcontratados. Lo que es incoherente, en palabras sencillas se esta diciendo: “PUEDES SUBCONTRATAR AL MARGEN DE LO QUE ESTABLECE LA LEY GENERAL DEL TRABAJO, SIEMPRE Y CUANDO CUMPLAS LOS DERECHOS DE LOS TRABAJADORES”. Además el DS. 107, esta en abierta contradicción con otro, el D.S. 28699 de 01 de mayo de 2006 que en su Art.5 señala que: “Cualquier forma de contrato civil o comercial, que tienda a encubrir la relación laboral, no surtirá efectos de ninguna naturaleza, debiendo prevalecer el principio de la realidad sobre la relación aparente”. El DS 107, debiera prohibir la existencia de enganchadores, tercerizadores, subcontrataciones, que mercantilizan la fuerza de trabajo como si fuera un producto y perseguirse a todas las agencias de empleo que están lucrando a costa de la fuerza de trabajo de los proletarios.
12.- Este decreto, no oculta intenciones anti-obreras y no puede ser explicado por los argumentos que tienden a ocultar las intencionalidades del gobierno y cargar la responsabilidad a un Ministro –por más mediocre que sea éste- o a sus pésimos asesores (en este caso el señor Dr. Hernan Clavel). Esta enmarcado en toda una perspectiva de parte del gobierno nacionalista, de preparar un ataque a las conquistas laborales de la clase obrera, dentro de un contexto de profundización de una recesión mundial, que de manera dramática están padeciendo ya los obreros fabriles exportadores y los mineros sean estos de la privada o de la minería cooperativizada.
13.- No debemos olvidar que para la empresa privada, y sus gobiernos la única forma de salir de la crisis capitalista esta en pasar la factura a los trabajadores, es a esta perspectiva que va encaminada el Decreto Supremo 107. Eso lo saben muy bien los obrero de la FINO y de la CBN, que se han lanzado a pelear para sindicalizar a los terceros, y se han topado con un muro, y en este caso un muro levantado y defendido por el gobierno nacionalista indígena, del cual la empresa privada o la patronal se apoyan y que esta consagrado ahora en el DS. 107.
14.- Llamamos a los trabajadores, fabriles, mineros, constructores, gráficos, municipales y estatales, a discutir los alcances de estas medidas anti-obreras, para preparar la movilización para la derogación de este medida y sus reglamentos.
Bolivia, La Paz, Septiembre 15 de 2009
QUINCENARIO EL TRABAJADOR
http://amr-bolivia.blogspot.com

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